TITULO I
ÁREAS DE LA BIBLIOTECA, SERVICIOS AL USUARIO Y
COMPOSICIÓN DE LA COLECCIÓN BIBLIOGRÁFICA
Párrafo 1º
Áreas de la biblioteca
Biblioteca depende orgánicamente de Vicerrectoría Académica. Internamente es dirigida porla Direccióndela Biblioteca. Además, cuenta con asistentes que laboran en las diferentes áreas, que se detallan a continuación.
1. Administración General. Está a cargo dela Dirección de Biblioteca y cumple funciones de administración presupuestaria, planificación y evaluación. Así mismo es la unidad encargada de la comunicación con estamentos superiores, con las autoridades, Directores de Áreas, Jefaturas de Carreras y con el cuerpo docente. Es responsable del desarrollo de propuestas, proyectos y planes de mejoramiento a corto, mediano y largo plazo. Supervisa que el funcionamiento del resto de las áreas de la biblioteca sea eficiente y acorde con las políticas y objetivos.
2. Selección y Adquisición de material Bibliográfico: Dirección de Biblioteca y el área de selección y adquisición, en acuerdo con las Jefaturas de Carreras velan para que la adquisición del material cumpla con los requerimientos bibliográficos de los planes y programas académicos, en términos de calidad, actualización, variedad, profundidad, pertinencia y cantidad. Todo ello en forma oportuna y eficiente. Implica asimismo el contacto directo con el cuerpo docente. Además coordina potenciales canjes y donaciones con otras bibliotecas y organismos culturales o de investigación.
3. Gestión de la Colección: A cargo dela Dirección de Biblioteca, considera estudios de uso de la colección, análisis de la demanda y oferta, gestión de la base de datos, procesamiento técnico y físico de todo el material bibliográfico adquirido. Así mismo cumple funciones de difusión del material bibliográfico, ejecuta descartes, inventarios y mantención física de la colección. Toda esta información es provista a los Directores de Áreas y Jefes de Carrera con el fin de mantenerlos informados del desarrollo y optimización de la colección, de acuerdo a sus áreas de interés.
4. Circulación: Los asistentes de circulación velan por el cumplimiento de las funciones de préstamos, renovaciones y devoluciones del material bibliográfico, y por el buen aprovechamiento de los recursos de información. Coordina el óptimo funcionamiento del servicio en general. Así mismo capacita a los usuarios en el buen uso de los catálogos electrónicos.
5. Información y Referencia: Proporciona ayuda para el uso de la biblioteca en general, localización de los materiales bibliográficos y el mayor aprovechamiento de los recursos informativos disponibles. Esta sección tiene a su cargo la colección denominada Referencia. Dentro de sus funciones, está la orientación al usuario en la búsqueda de recursos de información, entrega además el servicio de referencia básico y especializado y da acceso a información contenida en fuentes impresas, electrónicas, audiovisuales, etc. Así mismo brinda acceso al material bibliográfico de otras bibliotecas universitarias con las cuales hay convenios de prestamos.
6. Hemeroteca: Esta área gestiona la colección de publicaciones periódicas desde el punto de vista administrativo y operativo, seleccionando títulos para suscribir o renovar. Procesa y difunde los mismos. Provee el acceso a periódicos. Evalúa anualmente la composición de la colección de publicaciones periódicas con las Jefaturas de Carrera y analiza la demanda de dichas publicaciones en pro de establecer mecanismos de mejora y potenciación.
Párrafo 2º
Servicios al usuario
1. Circulación: A través de este Servicio se accede al préstamo por horas o por días de la colección bibliográfica (tal como se detalla en el título VI: Normas Generales de Circulación para el usuario interno). Las normativas de este servicio regulan el funcionamiento de las transacciones de los ítemes bibliográficos, junto con los beneficios y las responsabilidades de los usuarios al respecto.
2. Servicio de Préstamo Interbibliotecario (PIB): Permite acceder al material bibliográfico de otras instituciones universitarias y organismos de investigación con los cualesla Biblioteca ha hecho convenio previamente. Pueden acceder todos los usuarios internos, es decir: alumnos regulares inscritos enla Biblioteca, docentes y funcionarios administrativos del Centro Formación Técnica.
Quienes hagan uso de este servicio deben ceñirse a las políticas y al reglamento de la biblioteca prestataria. Se mantiene un listado actualizado de aquellas instituciones con las cuales hay convenio, se pueden consultar más detalles de este servicio en el área de circulación.
3. Servicio de Información y Referencia: Es el servicio personalizado de orientación en la búsqueda de información, utilizando para ello todas las fuentes disponibles en el acervo bibliográfico. Guía al usuario en el uso de la biblioteca en general, localización de los materiales y el mayor aprovechamiento de los recursos informativos. Brinda servicio de referencia básico y especializado.
Párrafo 3
Composición de la colección Bibliográfica
1. Colección Monográfica: La colección monográfica se compone de todos los títulos en formato impreso presentes en los planes y programas de cada asignatura, así como obras de consulta general y obras de referencia.
2. Colección Audiovisual: Está compuesta por todas las obras bibliográficas en formato VHS, DVD, Disco Compacto, Cassettes, diskettes, diapositivas y en general cualquier tipo de material en soporte electrónico.
3. Colección Informes de Práctica: Su objetivo es preservar el material desarrollado por los alumnos titulados del Centro de Formación TécnicaLa Araucana, entendiéndose éste por las Tesis e Informes de Práctica. Esta colección sirve también para mantener un acervo histórico de los trabajos de titulación desarrollados a lo largo del tiempo en una determinada área.
4. Colección Hemeroteca: Compuesta por Publicaciones Periódicas y periódicos de circulación nacionales e internacionales.
5. Colección Referencia: La colección de referencia considera diccionarios, enciclopedias, anuarios, atlas, glosarios y todo aquel material cuya función es proveer una respuesta referencial y de rápido acceso. Generalmente son obras de varios volúmenes.
6. Colección Apuntes y Manuales: Colección compuesta por todo aquel material docente producido y elaborado por académicos del Centro de Formación Técnica y por los documentos institucionales emanados de autoridades académicas. O, en su defecto publicaciones informales de otras instituciones, publicaciones didácticas que no tienen las características físicas de las monografías.
TITULO II
USUARIOS DE LA BIBLIOTECA
Artículo 1º Existen dos tipos de usuarios de biblioteca: internos y externos. Serán usuarios internos aquellas personas que tengan una vinculación contractual con el Centro de Formación Técnica. El resto de los usuarios serán considerados externos.
Artículo 2º Se considera usuario interno a los alumnos regulares (según el Reglamento Académico vigente, Título III, Art.7), docentes jornada completa o parcial, autoridades académicas, personal administrativo del Instituto.
Artículo 3º Se considera usuarios externos a los miembros de otras instituciones con las cuales se mantengan convenios de préstamo interbibliotecario; los ex alumnos del Instituto; y personas naturales de la comunidad.
Artículo 4º Los usuarios externos podrán acceder al servicio de préstamo por horas presentando su cédula de identidad, la cual quedará retenida en biblioteca por el tiempo que el usuario haga uso del material bibliográfico.
TITULO III
HABILITACION Y RENOVACIÓN DEL SERVICIO DE BIBLIOTECA
Artículo 5º El usuario interno tiene el deber de conocer y aceptar en todas sus partes el presente reglamento y de reconocerlo como la única fuente válida escrita para informarse sobre la normativa y funcionamiento de la biblioteca. Éste se encuentra disponible en formato impreso, al cual se puede acceder solicitándolo en el área circulación.
Artículo 6º Todo usuario interno deberá inscribirse en biblioteca cuando desee comenzar a hacer uso de sus servicios. Para ello, el único requisito es tener una vinculación contractual con el Centro de Formación Técnica lo cual debe ser validado por el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales.
La Direcciónde Biblioteca se reserva el derecho de proponer nuevas condiciones y requisitos si se estimase necesario.
Artículo 7º Todo usuario interno dispondrá, en la base de datos de la biblioteca de una ficha personal, es decir, un registro de todos los movimientos de circulación préstamos y devoluciones- que el usuario realice. Dichos movimientos de circulación son registrados en forma automática por el sistema de la biblioteca. Por ende, dicha ficha registrará su comportamiento, en términos de fechas de devoluciones, préstamos, morosidades, cantidad de ítemes en préstamo, sanciones y notas o mensajes que el usuario acumule durante un año académico. Al término del cual, se eliminarán las posibles sanciones para que de esta forma inicie un nuevo año académico partiendo de cero en este aspecto- y sólo quedarán registrados los préstamos y observaciones vigentes. Es importante destacar que la mantención de la ficha personal de cada usuario es responsabilidad de la biblioteca. Sin perjuicio de ello, es muy importante que cada usuario esté informado del estado de su ficha personal, en términos de conocer el material que tiene en préstamo, las fechas de devoluciones, etc.
Artículo 8º Los usuarios podrían ser evaluados, respecto a su comportamiento, utilizando la ficha personal como elemento de referencia para validar o refutar posibles solicitudes que ellos formulasen, referentes a obviar sanciones y/o suspensiones de acuerdo a los argumentos que el usuario estime que ameritan una revisión de la sanción.
Artículo 9º Los alumnos nuevos y los alumnos regulares que nunca se hayan inscrito independientemente de su año de ingreso- podrán inscribirse en la biblioteca. Para ello se les solicitará que consignen sus datos personales y que presenten su Contrato de Prestación de Servicios Educacionales.
Artículo 10º Los usuarios internos exceptuando los alumnos regulares, es decir: Docentes y administrativos- que deseen comenzar a hacer uso de la biblioteca, podrán hacerlo previa consulta al Departamento Personal con el fin de corroborar su relación contractual con el Instituto.
Artículo 11º Los usuarios internos de pre-grado tienen la obligación de renovar su calidad de usuario cada año, actualizando sus datos personales y presentando su Contrato de Prestación de Servicios Educacionales.
TITULO IV
RETIRO DE LOS USUARIOS
Artículo 12º Aquellos alumnos de pre-grado que estén tramitando enla Registro Curricular su retiro temporal o definitivo del Instituto, deberán solicitar a biblioteca que certifique que en su ficha de usuario no hay material bibliográfico en préstamo, y que no tiene deudas pendientes –en caso de presentar problemas por material dañado o perdido-. Ello se certifica con la firma dela Dirección de Biblioteca, más el timbre respectivo en el formulario de retiro que Registro Curricular utiliza para este fin.
Artículo 13º Los alumnos que se encuentren con deudas pendientes (como por ejemplo material en préstamo) deberán regularizar su situación en Biblioteca. En caso contrario, no se firmará ni timbrará el formulario de retiro hasta que se haya regularizado la situación.
Artículo 14º Aquellos alumnos de pre-grado que se retiren del Centro de Formación Técnica y no soliciten certificación de la biblioteca con el formulario de retiro, serán eliminados de los registros de dicha unidad, una vez que se contraste éste con la nómina emitida por Registro Curricular. En el caso de que dichas personas se encuentren en situación de morosidad, su ficha personal no será eliminada durante un período igual o superior a 3 años, con el objetivo de que este antecedente figure en los registros en caso de que vuelvan a solicitar los servicios de la unidad, y también para intentar recuperar el material.
Artículo 15º Biblioteca deberá utilizar todos los medios a su alcance para localizar a aquellas personas que figuren en su ficha de usuario como morosos.
Artículo 16º Biblioteca se reserva el derecho de revisar las correspondientes fichas personales de los alumnos que estén en proceso de titulación, con el fin de verificar que estos estudiantes estén al día en las devoluciones del material que pudiesen haber solicitado. Esta información se entrega a Secretaría de Archivos.
Artículo 17º Para fines de actualización de la base de datos de usuarios de la biblioteca, respecto a su situación contractual, la única fuente válida será, el Registro Curricular.
Artículo 18º Para fines de actualización de la base de datos de usuarios de biblioteca respecto a sus antecedentes personales (dirección, fono, correo electrónico, etc.) la fuente válida será la información proporcionada por el usuario.
Artículo 19º En cuanto al retiro del personal administrativo y docente del Instituto, Biblioteca se nutre de la información proporcionada por Departamento de Personal respecto a cambios contractuales.
Artículo 20º En caso de retiro de los usuarios docentes y personal administrativo del Centro de Formación Técnica se les eliminará su ficha personal de la base de datos previa consulta con Departamento de Personal al no presentar deuda alguna ni morosidad con la biblioteca.
Artículo 21º En caso contrario, si el docente o funcionario administrativo mantiene deudas con la biblioteca, se informará de esta situación a Departamento de Personal unidad que estará facultada para descontar de la liquidación de sueldo del usuario el valor adeudado. Finalizado este proceso, su ficha personal se eliminará de la base de datos.
TITULO V
CREDENCIAL DE BIBLIOTECA
Artículo 22º Los usuarios internos que tengan calidad de alumnos regulares de pre-grado tendrán el derecho a obtener una credencial de biblioteca.
Artículo 23º El uso de la credencial es intransferible y obligatorio cada vez que el usuario desee hacer uso de los servicios de la biblioteca.
Artículo 24º Pérdida de la credencial. Se deberá dar aviso a biblioteca en cuanto se detecte la pérdida de este documento. Los servicios de biblioteca se mantendrán activos por un plazo de 7 días hábiles a contar de la fecha en que se dio aviso de la pérdida, y para dar tiempo a la gestión de la nueva credencial. Una vez transcurrido dicho plazo se suspenderán todos los servicios hasta que ésta sea recuperada.
Artículo 25º Costos dela Credencial. Su costo se incluye en la matrícula anual de cada alumno. Quienes pierdan su credencial y no puedan recuperarla, deberán tramitar en biblioteca la obtención de una nueva. En dicho caso, el monto de ésta deberá ser pagado por el usuario en el Departamento de Finanzas.
TITULO VI
NORMAS GENERALES DE CIRCULACION PARA EL USUARIO INTERNO
Artículo 26º Todos los usuarios internos tienen derecho a hacer uso del servicio de circulación, accediendo al préstamo del material bibliográfico, cuyos plazos fluctúan de acuerdo a la disponibilidad del material, y a las características de éste.
Artículo 27º Los plazos de préstamo se establecen de acuerdo a la relación entre cantidad de copias de cada ítem bibliográfico y la cantidad de usuarios que demandan dichos ítemes. Considera además el tipo de usuario solicitante, según lo indica la tabla adjunta:
Tipos de Usuarios | Literatura | General | Reserva | Informe de práctica | Audiovisual | Hemeroteca | Referencia | |
Alumnos de pregrado diurno | 10 días | 3 | 3 hrs | 5 días | 3 días | 3 | 2 hrs. | |
Alumnos de pregrado vespertina | 10 días | 3 | 3 horas | 5 días | 3 días | 3 | x | |
Alumnos programas especiales | 5 días | 3 | 3 horas | 2 días | 3 días | 3 | x | |
Docentes | 15 días | 5 | 6 horas | 7 días | 3 días | 3 | x | |
administrativos | 15 días | 5 | 6 horas | 7 días | 3 días | 3 | x | |
Obervación "un día" es considerado como hábil" | ||||||||
Artículo 28º Las limitaciones al préstamo se refieren tanto al número de ejemplares como al número de días que éstos pueden estar en préstamo para un mismo usuario, y se aplicará tomando como referencia la categoría de éste, según las tablas presentadas en el título VI Normas Generales de Circulación para el usuario Interno, artículos 27 y 32
Artículo 29º Cualquier excepción a las normas de circulación de este reglamento será evaluada porla Dirección de Biblioteca.
Artículo 30º El tiempo de préstamo disponible para cada ítem bibliográfico dependerá también de las fluctuaciones en la demanda (períodos de exámenes, pruebas, etc.) por lo tanto, las renovaciones y los plazos podrían alterarse de acuerdo a la contingencia.
Artículo 31º Durante los periodos de vacaciones los usuarios regulares podrán llevar en préstamo como máximo dos ítemes bibliográficos. En el caso de vacaciones de verano, para hacer efectivo este servicio se deberá presentar el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales para el nuevo año académico.
Artículo 32º La cantidad máxima de material bibliográfico en préstamo para cada usuario dependerá del tipo de usuario, tal como se presenta a continuación:
TIPO DE USUARIOS INTERNOS | MÁXIMO TOTAL DE ITEMES |
Alumnos pre-grado diurnos | 3 |
Alumnos pre-grado Vespertinos | 3 |
Alumnos programas especiales | 3 |
Docentes | 5 |
Administrativos | 5 |
Artículo 33º A Los usuarios internos de pre-grado que figuren como morosos en las nóminas de Departamento de Finanzas se les suspenderán todos los servicios de Biblioteca hasta que dicha unidad autorice la activación de su categoría de usuario.
Artículo 34º Los plazos de préstamos son renovables dependiendo de la demanda del material bibliográfico. Tal como se señala más detalladamente en el Título VI: Normas Generales de Circulación para el Usuario Interno, artículo 30.
Artículo 35º El comportamiento del usuario a lo largo del año académico es otra variable a considerar en el momento de efectuar renovaciones. Dicho comportamiento queda registrado en la ficha personal de usuario, la cual podría ser consultada por el personal de biblioteca para este fin, tal como se mencionó anteriormente en el Título III: Habilitación y renovación del Servicio de Biblioteca, artículos 7 y 8.
Artículo 36º La biblioteca dispone de un servicio telefónico, el cual es informado en el proceso de educación de usuarios y en los paneles informativos. Dicho servicio permite hacer renovaciones del material bibliográfico en el horario estipulado para ello. Dichas renovaciones quedarán sujetas a la normativa de los artículos anteriores.
Artículo 37º Aquel material bibliográfico facilitado al usuario por horas (material de referencia o copias únicas) no será renovado por el servicio telefónico. Sólo podría renovarse en biblioteca, personalmente.
TITULO VII
SUSPENSIONES AL SERVICIO
Artículo 38º A aquellos usuarios internos (alumnos regulares, docentes y funcionarios administrativos) en calidad de morosos de la biblioteca (deudores de material bibliográfico) se les inhabilitarán todos los servicios de biblioteca mientras mantengan dicha calidad. Por cuanto, si un usuario se retrasa en devolver el material, dicha sanción se aplicará en base al tipo de ítem que le fue prestado, tal como se muestra en la siguiente tabla:
Tipo de material | Sanción |
- Referencia, publicaciones periódicas, informes de práctica, copias únicas | - Por cada día de atraso se suspenderá el servicio por 6 días hábiles |
- Colección Monográfica: (libros de Reserva, colección general, literatura), tesis, audiovisuales, apuntes y manuales | - Por cada día de atraso se suspende el servicio por 2 días hábiles. |
Artículo 39º La liberación de las sanciones sólo podrá justificarse en los siguientes casos: enfermedad, fallecimiento de algún miembro del grupo familiar u otras calificadas de fuerza mayor. El usuario deberá acreditarlo personalmente en biblioteca, en un plazo de tres días hábiles contados desde que dio aviso, y para ello deberá presentar un certificado cuando corresponda.
TITULO VIII
OTRAS INFRACCIONES Y SANCIONES
Artículo 40º Todo usuario que hubiera extraviado o dañado material bibliográfico en préstamo, deberá reponerlo (el mismo título y autor, u otro libro de la misma materia, según acuerdo de ambas partes), o en su defecto, reembolsar su valor en moneda nacional y costos de operación si los hubiere.
Artículo 41º El daño o pérdida del material bibliográfico estará afecto a un plazo de reposición acordado entrela Dirección de Biblioteca y el usuario. Una vez cumplido dicho plazo, el usuario quedará inhabilitado para el uso de todos los servicios de biblioteca hasta que el material se haya repuesto.
Artículo 42º Los atrasos en la devolución del material bibliográfico están sujetos a sanción de acuerdo a lo estipulado en el Título VI: Suspensiones al servicio, artículo 38.
Artículo 43º Hurto de material bibliográfico. Si un usuario es sorprendido en actos de hurto en la biblioteca, los servicios le serán suspendidos por un año académico a contar de la fecha en que acaecieron los hechos. Sin perjuicio de que el Centro de Formación Técnica pueda seguir todas las acciones civiles y penales que estime pertinentes, las cuales están presentes en el Reglamento Académico del Centro de Formación Técnica.
TITULO IX
COMPORTAMIENTO DEL USUARIO
Artículo 44º Se obliga a todos los usuarios internos y externos respeten las normas de sana convivencia, señaladas en detalle en el Reglamento Académico vigente (Título IV, artículos 45º, 46º y 48º).
Artículo 45º Quienes no cumplan estas normas de conducta podrán ser sancionados por el personal de biblioteca, de acuerdo al Reglamento Académico vigente (Título IV, artículo 49).
Artículo 46º Toda conducta inadecuada dentro de las dependencias de la biblioteca facultará al personal de ésta para exigir el abandono del recinto.
Artículo 47º Se espera que los usuarios mantengan un tono de voz bajo para no incomodar al resto de las personas que estudian en la biblioteca
Artículo 48º Se prohíbe el acceso a las dependencias de Biblioteca con animales o mascotas.
Artículo 49º Se prohíbe comer y/o beber en la biblioteca.
Artículo 50º Se prohíbe hacer uso de celulares.